Tener una vivienda en España conlleva obligaciones fiscales anuales aunque no la alquiles. Te explicamos el IRNR sin tecnicismos.
Muchos propietarios británicos y europeos no saben que, incluso sin alquilar su casa, existe una obligación anual de IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes). Verlo a tiempo evita recargos.
Si no alquilas la vivienda
Se tributa por una renta imputada: un porcentaje del valor catastral. Es un importe modesto, pero debe declararse cada año con el modelo 210.
Si la alquilas
- Se declara el rendimiento del alquiler (trimestral o anual según el caso).
- Los residentes en la UE pueden deducir ciertos gastos.
- Conviene guardar facturas y contratos desde el primer día.
El representante fiscal
Delegar en el despacho como representante fiscal es cómodo: nos ocupamos de los cálculos, los plazos y la presentación, y te avisamos de cada vencimiento.
Por MSB — Morenilla Abogados Volver a Actualidad
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